jueves, 23 de diciembre de 2010

No queda otro camino que desconocerla


Ucistas desconocerán el reglamento, de ser sancionado por el Parlamento
Propuesta de Ley de Universidades es absolutista y totalitarista

Autoridades de la UC se reunieron para analizar la Ley de Universidades propuesta en la AN.Ismeyer Tapia De Caires Valencia, diciembre 22 (REDACTA).-

Para el vicerrector administrativo de la máxima casa de estudios de la región, José Angel Ferreira, la propuesta de Ley de Universidades que fue aprobada en primera discusión en la Asamblea Nacional, es absolutista y totalitarista, pues otorga "excesivo poder" al ministro de Educación Universitaria. Este miércoles durante la mañana se reunieron en el salón del Consejo Universitario el vicerrector académico, Ulises Rojas, secretario Pablo Aure, representantes gremiales y estudiantiles así como ex autoridades rectorales como Ricardo Maldonado y Asdrúbal Romero, con la finalidad de coordinar los detalles de la movilización de este jueves a Caracas y analizar la propuesta de ley. Ferreira resaltó que los universitarios han sobrevivido situaciones peores que las actuales por lo que siempre defenderán su esencia independientemente de la ley que puedan "imponer". El secretario Pablo Aure manifestó que de ser sancionada la Ley de Universidades propuesta, no quedará otro camino que desconocerla. Desde la universidad comenzará la desobediencia, apuntó Aure, al señalar que las casas de estudios tienen rango constitucional y su autonomía está consagrada en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Artículo 105 de la propuesta de Ley de Universidades: "Serán objeto de reglamentación especial por el Ejecutivo Nacional las siguientes materias: La organización de los sectores de la comunidad universitaria; la participación de la comunidad universitaria y las organizaciones del poder popular en los ámbitos establecidos en esta Ley; la participación de los egresados y las egresadas de las instituciones de educación universitaria en los procesos electorales; el sistema de carrera de los trabajadores y las trabajadoras administrativos y obreros; los procesos electorales; los órganos de gobierno universitario; las modalidades de la educación universitaria; la creación, autorización y gestión de los programas de formación; la organización y funcionamiento de los Consejos de Transformación Universitaria; las condiciones y procedimientos para la creación de instituciones de educación universitaria; los lineamientos para la formulación y elaboración de los Planes de Desarrollo Institucional de las universidades; sobre los estudios no conducentes a títulos o grados y las condiciones de ingreso de los y las estudiantes a programas de formación conducentes a títulos o grados; sobre las certificaciones profesionales; sobre la vinculación de las instituciones de educación universitaria con el modelo productivo socialista; el ingreso en determinados programas de personas que no tengan el título de bachiller; las condiciones para la creación, organización, formas de financiamiento y funcionamiento de los institutos universitarios de Estado, de las instituciones universitarias de gestión popular y de gestión privada; la revocatoria y suspensión de la autorización para el funcionamiento de las instituciones de educación universitaria de gestión popular y de gestión privada". "Aspectos para invocar su desconocimiento": -Se interviene la estructura de la universidad en todas sus áreas. -Es una expropiación del quehacer universitario, alejándola de su función básica la búsqueda del conocimiento. -Introduce la política partidista en la gestión universitaria. -Obliga a asumir el modelo productivo socialista, a todo aquel que participa del sistema. -Establece programas de formación para el adoctrinamiento político. -Se crean instituciones de educación popular para la transformación universitaria permanente. -El Ministerio de Educación Universitaria anula e invade todas las atribuciones que comporta la autonomía. -Se impone que la universidad legalice figuras como los "Distritos Motores" y los "Ejes Comunales", no previstos en la Carta Magna. -Se establece que la universidad defina un plan de desarrollo en conjunto con las organizaciones del poder popular. -El Reglamento Electoral de las Universidades será impuesto por el Ministerio. -Se diluye la autoridad del Rector en un órgano colegiado de Dirección, lo que puede inferir que se elimina el Consejo Universitario. -Se elimina el Consejo Nacional de Universidades y la Oficina de Planificación del Sector Universitario. -La figura del secretario y los decanos no existe en el proyecto de Ley. -Los trabajadores administrativos se regirán por la Ley del Estatuto de la Función Pública. -El Ministro de Educación Universitaria detenta todo el poder. -Transformación de las Carreras Universitarias. - Siete miembros harán la legislación interna de las universidades.

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