lunes, 26 de noviembre de 2012

Opinión del constitucionalista Escarrá sobre las comunas: antes y ahora

Esto lo decía Herman Escarrá cuando se sometió a referéndum la fallida reforma en el año 2007
hermanescarra Hermann Escarrá 
“Habrá gobiernos paralelos”
“Con la llamada nueva Geometría del poder se crea una especie de superestructura que está por encima de los municipios y los estados. Es una suerte de gobierno paralelo con el único objeto de centralizar aún más el ejercicio del poder presidencial. Salvo en los municipios y estados que existen, en ninguna de las nuevas entidades habrá sufragio popular, a no ser por referendos aprobatorios para la creación de territorios federales, municipios federales y ciudades comunales, que sólo puede convocar el Presidente. Otra prueba de sus intenciones totalitarias”.

Luego con la aprobación de la Ley de las comunas dijo esto
17 décembre 2009 

Hermann Escarrá: Es un golpe a la soberanía popular aprobación de leyes que crean el “Estado Comunal”

ND.- El abogado constitucionalista, Hermann Escarrá, asegura que la aprobación de Ley Orgánica de Participación y Poder Popular, y de la Ley de Participación Pública en la Asamblea Nacional “impone la geometría del poder chavista, debilita las instituciones republicanas y coloca residualmente a la propiedad particular para ir a un modelo enmascarado de propiedad del Estado”.

A continuación el texto completo:


En un acto de barbarie con leyes comunales pretenden modificar la Constitución
FRAUDE JURÍDICO



La aprobación en primera discusión de la Ley Orgánica de Participación y Poder Popular, y de la Ley de Participación Pública por los diputados del régimen y en fraude abierto a la Constitución establece la comuna, coloca la propiedad social y colectiva del Estado y el gobierno comunal como el paso inmediato para modificar la ordenación territorial de Venezuela, sustituir el régimen municipal y finalmente desmontar las gobernaciones y alcaldías.



En términos de doctrina constitucional democrática estas leyes inconstitucionales buscan sustituir “la fórmula política de la Constitución”; esto es, un Estado democrático y social de derecho y de justicia (Art. 2 de la Constitución); Estado federal descentralizado (Art. 4); el pueblo como titular directo de la soberanía (Art.5); el gobierno es y será siempre democrático (Art.6).



El fraude a la Constitución es el mecanismo que usa el régimen para encarcelar al poder constituyente del pueblo, pues una fracción o primera minoría circunstancial del país no puede adoptar decisiones que corresponden al sujeto único de la soberanía como es la de modificar sustancialmente la Constitución. El fraude lo es no solo al texto constitucional, también a la voluntad del pueblo expresada el 2 de Diciembre negando la propuesta inconstitucional del presidente Chávez.



Con estas leyes que configuran el “Estado comunal” se confisca en beneficio de Chávez, la democracia a través de los poderes públicos sumisos y serviles y se crea una especie de dignidad imperial de concentración del poder en una especie de cónsul extraordinario que asume ilegítimamente la soberanía popular.



De todas formas está más que dictaminado por la historia política, contemporánea y comparada que los gobiernos que usurpan la Constitución democrática, siempre son transitorios.



El parlamento en un golpe de Estado a la Constitución impone la geometría del poder chavista, debilita las instituciones republicanas y coloca residualmente a la propiedad particular para ir a un modelo enmascarado de propiedad del Estado, de allí la Ley de Planificación pública, la reforma del Código de Comercio a la Ley de Propiedad Social (que enmascara la propiedad única del Estado), y la Ley del Poder Popular (que enmascara a la monocracia imperial chavista).



La ineficacia del gobierno, la corrupción, la inseguridad ciudadana, la crisis de la salud, la paralización del aparato productivo con inflación, el aumento de la pobreza, y el deterioro de las bases de la República son el verdadero balance del régimen que huyendo hacia adelante y con el apoyo servil de los poderes públicos conspira para destruir la forma política republicana que se ha dado la nación venezolana desde su independencia.



Tienen que ser juzgados por estos delitos contra la patria y llamo la atención del país nacional para enfrentar esta nueva arremetida del régimen contra los valores y principios consagrados en la Constitución mediante actos ilegítimos con ruptura de la continuidad constitucional desde las instancias del poder, aquí no se trata del clásico golpe de Estado de una parte de los poderes públicos contra otros, sino de los poderes públicos contra la soberanía del pueblo y la Constitución democrática, de allí que el primer deber de la nueva asamblea nacional integrada mayoritariamente por la oposición democrática sea la de derogar todo este andamiaje jurídico perverso e ilegítimo y más bien desarrollar las leyes previstas en la Constitución de 1999, norma superior ésta aprobada en acto de soberanía por el pueblo de Venezuela.-



Esto dice ahora


Hermann Escarrá: El Estado comunal es constitucional

26 Noviembre, 2012
ND.-
El Estado comunal es constitucional y está previsto en los artículos 2, 5, 70 y 184 de la Constitución. Así lo respondió el abogado constitucionalista Hermann Escarrá durante una entrevista en el programa José Vicente Hoy con José Vicente Rangel por Televen.
A continuación transcribimos la porción de la entrevista..:
JVR.- El Estado comunal, algunos dicen que eso es inconstitucional también.
HE: Eso está vinculado a todo lo que es la estructura de los consejos comunales. Eso está previsto en el artículo 2, 5, 70 y 184 de la constitución.
JVR: El tema está integrado en la Constitución.
HE: Claro y además es un debate bien interesante. Acción Democrática en sus tesis originarias promovió ese régimen y esas propuestas.
JVR: Se cae en un dilema falso, el Estado comunal atenta contra la constitución, el estado comunal atenta contra los gobernadores y alcaldes, el estado comunal es una forma de introducir el comunismo en el país.
HE: Conceptualmente no está vinculado a la noción comunista, está conjugado en la organización del pueblo. Un planteamiento del comunismo o de un socialismo diferente, abría que hacer una constituyente y que se produzca el debate como producto de un dilema.
JVR: ¿Conspira contra la desentralización?
HE: Por lo contrario, es un mecanismo de la desentralización.
JVR: Empodera al pueblo.
HE: Empodera como se dice ahora en la moderna teoría política.
Vaya cambio del Dr. Esacarrá sobre la concepción de las comunas... antes lo veía como una manera de centralizar más el poder y un golpe a la soberanía popular.... y hoy lo concibe perfectamente constitucional y extrañamente lo percibe como un mecanismo de la descentralización...Sinceramente esto está muy raro... ¿que hay detrás de este cambio de criterio? Se lo dejo a vuestra imaginación.....


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