lunes, 28 de abril de 2014

Protestar y resistir

El Carabobeño
¡Hasta cuándo!
Protestar y resistir

(Foto Archivo El Carabobeño)
 Pablo Aure
@pabloaure
La protesta pública constituye una extensión del derecho a la libertad de expresión, previsto y desarrollado tanto en nuestra Constitución como en innumerables tratados internacionales suscritos por Venezuela. 
La libertad de expresión: o la tenemos o no la tenemos; la titularidad de ese derecho no puede ser a medias, ni mucho menos limitado por “interpretación” judicial. Ninguna autoridad nos puede indicar cuándo, cómo o dónde podemos hacerlo. Protestamos y punto. Desde luego, la protesta debe ser pacífica y sin armas. He aquí un fragmento de Sentencia del Tribunal Constitucional español donde se explica nítidamente este derecho: “El derecho fundamental no tiene por qué ser generalmente reconocido expresa y formalmente por la Administración, ya que el mismo nace directamente de la Constitución española, y su titular no tiene por consiguiente para ejecutarlo que esperar a un previo reconocimiento administrativo. Y ello porque, tal y como está configurada constitucionalmente dicha libertad, el ejercicio de la misma no exige con carácter general más que la pura y simple abstención por parte de la Administración, la ausencia de trabas e impedimentos de ésta y no el reconocimiento formal y explícito de que tal libertad corresponde a sus respectivos titulares. Se trata de una de las libertades de los sujetos particulares que no exigen más que una mera actitud de no injerencia por parte de los poderes públicos” (STC 77/1982).  
Interpretación involutiva constitucional
La Sala Constitucional mediante un ardid ha pretendido confundir hechos vandálicos con protestas o manifestaciones; y es allí donde comienza la desatinada interpretación hecha la semana pasada del artículo 68 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. 
Debemos repetirlo una y mil veces más, si es necesario: nadie está obligado a pedir permiso para protestar ¿Ustedes se imaginarían a los vecinos teniendo que ir a la alcaldía a solicitar -y luego esperar- un permiso para protestar porque tienen varios días sin agua, gas o luz? 
Sin embargo, el Legislador, en la “Ley de Partidos políticos, reuniones públicas y manifestaciones”, con la única finalidad de garantizar ese derecho mediante concentraciones o marchas programadas con antelación (o sea, que no son espontáneas) prescribe que los organizadores de las mismas participen con no menos de 24 horas de anticipación la realización de esos eventos, lo cual, en ningún caso y de modo alguno debemos entender que es con el objetivo de esperar una autorización, sino que su justificación es para que los cuerpos de seguridad del Estado protejan los derechos de los manifestantes, brindándoles protección tanto en las protestas, como a los que no estén en ellas. 
Pues bien, el Tribunal Supremo de Justicia interpretó exactamente al revés el derecho a la protesta, echando por la borda el principio de progresividad de los derechos previsto en el artículo 19 constitucional. Me explico: el TSJ dejó ver que existe una potestad de la Administración pública para conceder o no el permiso para protestar, lo cual es falso. Además, cuando observamos el texto de la sentencia nos damos cuenta de que no obstante establecer el artículo 68 de manera clara y terminante la prohibición de uso de armas de fuego y sustancias tóxicas en el control de las manifestaciones pacíficas, la Sala Constitucional suaviza esa expresión sustituyendo el verbo “prohibir” por el verbo “evitar”, lo cual, obviamente, es un retroceso. 
Veamos: 
Artículo 68 CRBV “...Se prohíbe el uso de las armas de fuego y sustancias tóxicas en el control de manifestaciones pacíficas...” 
Pero la sentencia del TSJ indica que “...los cuerpos policiales y de seguridad encargados del control del orden público, quienes en su actuación no solo estarán en la obligación garantizar el derecho de los ciudadanos y ciudadanas a manifestar pacíficamente, sino también a impedir que éstos, en el curso de la protesta, incurran en excesos que se puedan traducir en lesiones o amenazas de violación de derechos fundamentales del resto de la ciudadanía, como sería el caso del  derecho al libre tránsito o al trabajo; sino también a los que estando en ellas no se excedan en dichas concentraciones, velando siempre y en todo momento para que en el control de ese tipo de situaciones exista un respeto absoluto de los derechos humanos, evitando el uso de armas de fuego y sustancias tóxicas"  
Esto no se hizo de manera ingenua. ¡No señor! El Tribunal Supremo de Justicia lo ha hecho con una aspiración (imposible de convertirse en realidad) de impedir que en el futuro quienes comandan y/o ejecutan esos actos inhumanos en la represión de las protestas puedan ser juzgados  por delitos de lesa humanidad. Ellos están cohonestando algo que está expresamente prohibido. Y al mismo tiempo creyendo apaciguar el enfado y rechazo de la población por el uso de armas de fuego y sustancias tóxicas en el “control” de las manifestaciones. 
Cuidado si los magistrados del régimen no se conviertan con esto en cómplices, y por lo tanto sujetos activos del mismo delito. No hay olvido por condenas o absoluciones no ajustadas a derecho. Eso constituye prevaricación, en el menor de los casos. 
 Será desobedecida
Indefectiblemente esa interpretación inconstitucional será desobedecida. 
La Sala Constitucional no puede interpretar así el rigor de los textos constitucionales y menos en lo relativo al bloque de los derechos fundamentales. Cualquier decisión que viole derechos fundamentales como el de manifestar o el de la libertad de ideología o pluralismo, o el de la preeminencia de los derechos humanos, debe ser desobedecida. 
 Apretando y apurando el desenlace.
El gobierno sigue apretando, y el ala de la derecha fascista militar encabezada por Diosdado Cabello y Francisco Ameliach -que no son de izquierda- presionan hacia su lado a Maduro, que cuando siente el golpe voltea y se encuentra a Elías Jaua -del ala extremista de izquierda-. Como los extremos se tocan, hay un canto a una sola voz entre el fascismo y la ultra, dejando al margen al sector militar institucional, que debe haberlo desde el centro, que es donde está el chavismo idealista mayoritario, que come de las misiones y que llora por Chávez aún. 
Si nos rendimos nos pisan
Mientras el régimen se estremece por los tirones de sus corrientes internas, en nuestro lado democrático, siguen existiendo grupos que intentan jugar adelantado, prestándoles un barniz de sensatez a las tropelías del régimen. Plantean amnistías pero se olvidan de los ataques fulminantes. Hablan de diálogo, cuando tienen sobradas razones para estar claros que con esos verdugos no se llegará a ningún acuerdo honorable.   
¿Hasta cuándo hay que repetirles que esta gente no va a acceder a nada por las buenas? Seguirán acumulando puntos negativos, patearán “la mesa de diálogo” y las tablas se las pegarán por la cabeza a los que mansamente intentan negociar. 
Finalmente, debemos saber que, como de todos modos intentarán pisarnos, lo mejor es denunciarlos permanentemente, y en la calle, en el entendido que esto puede ser largo. La perseverancia y la solidez de los ideales libertarios es el único nutriente que nos da fuerza. Si nos rendimos nos hollarán. 
@pabloaure

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