lunes, 30 de marzo de 2015

Criterio del TSJ para Ameliach debe aplicarse a tuiteros presos

El Carabobeño
Criterio del TSJ para Ameliach debe aplicarse a tuiteros presos
Ambiente tras el tuit del “ataque fulminante”. /Foto Archivo Andrews Abreu
Para Pablo Aure, la medida por el ataque fulminante demuestra que la justicia se acomoda de acuerdo a quien sea investigado
Gabriela Espinoza F.
gespinoza@el-carabobeno.com
Bajo el mismo criterio con el cual la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia desestimó la denuncia contra el gobernador de Carabobo, Francisco Ameliach, por instigación a “ataque fulminante”, se debería denegar las acusaciones o averiguaciones que se mantienen contra algunos tuiteros tras las rejas. 
Para el jefe de Cátedra de Derecho Procesal Penal de la Universidad de Carabobo, Pablo Aure, este análisis corresponde a los casos que enfrentan un proceso por expresar su opinión. “Los tribunales de la República deben acatar la decisión que desestimó la causa contra Ameliach porque es vinculante, esto quiere decir que en los casos similares deben aplicarse el mismo criterio que lo exculpa. La defensa de Leopoldo Lopez debería consignar copia de esa sentencia y exigir la libertad plena para el líder opositor”. 
Los presos políticos deben ser liberados y sobreseidas las causas abiertas contra los perseguidos por protestas de 2014. “Todas las imputaciones carecen de pruebas y tampoco existe relación de causalidad entre hechos denunciados y participación de los detenidos en los mismos”, precisó.  
Su caso no está lejos de esta realidad. El 26 de junio de 2014 el Juzgado Cuarto de Control dictó medida cautelar sustitutiva para el secretario de la UC, quien debe presentarse cada 15 días en tribunales y no puede salir del estado. La fiscalía lo imputó por cinco delitos. 
La investigación del tribunal inició por un tuit que publicó un diputado del Consejo Legislativo del Estado Carabobo, en el que responsabilizaba al académico de los disturbios en la región. “Con esto se demuestra que la justicia del país no es imparcial, pues se aplica dependiendo de la persona que se esté investigando”. 
Según la sentencia, los denunciantes Daniel Coronel, Namir Kallab Dick, Miguel Parra Valera y Manuel Alejandro Aguirre y Enzo Scarano, no aportaron ninguna prueba fehaciente o fidedigna contra Ameliach, porque solo consignaron imágenes impresas en hojas de papel, de las cuales algunas son de una cuenta Twitter, sin proporcionar mayores datos.   
Esta  decisión es considerada por el dirigente estudiantil Aarón Rodríguez una medida política, que responde a los intereses del PSUV. Para él este ente ignoró las pruebas presentadas por los integrantes de la Junta Patriótica José Félix Ribas, hoy en día desintegrada. 
Rodríguez que formó parte de esta organización indicó que las pruebas revelaban a quienes respondieron al llamado del gobernador y se presentaron el 18 de febrero de 2014 disparando contra las personas que manifestaban su descontento contra las líneas del Ejecutivo nacional. 
Entre los fallecidos está Génesis Carmona (22), estudiante de Ciencias Sociales, mención Mercadeo, de la Universidad Tecnológica del Centro, quien fue a apoyar la concentración. 

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